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H.R. 8240Congreso 119En comitéÚltima acción 9 abr 2026Traducido por IA · verificado con el registro
La versión en lenguaje claro va primero. El texto oficial siempre es la referencia.
HR 8240 cancelaría el asilo a solicitantes o asilados aprobados que regresen al país del que huyeron, con dos excepciones limitadas.
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HR 8240 descalificaría automáticamente a quienes solicitan asilo si regresan a su país de origen mientras su caso está pendiente. Las personas que ya tienen asilo aprobado podrían perder ese estatus y enfrentar deportación o la pérdida de su ciudadanía naturalizada si regresan. Existen dos excepciones: una certificación presidencial por razones de seguridad nacional, o una certificación del Secretario de Estado de que el país tuvo un cambio real de gobierno que lo hace más seguro.
El proyecto afecta directamente a las personas que actualmente solicitan asilo y a quienes ya tienen ese estatus en los Estados Unidos. Lo harían cumplir el Department of Homeland Security (Departamento de Seguridad Nacional) y el Department of Justice (Departamento de Justicia), y no afecta a ciudadanos nacidos en EE. UU. ni a inmigrantes en otras categorías de visa.
El argumento del proyecto es que regresar a un país del que alguien dijo huir pone en duda si el miedo a la persecución era genuino. Los asilados aprobados que viajen de vuelta podrían enfrentar deportación o, si fueron naturalizados, la pérdida de su ciudadanía.
Resumen generado por IA. Verifícalo con el texto oficial antes de actuar. Lee el proyecto oficial en Congress.gov
Ahora mismo: un comité de la Cámara lo está revisando. Si el Senado lo cambia, regresa a la Cámara antes de llegar al Presidente.
Última acción: — Referred to the House Committee on the Judiciary.